La Ordenanza 1914/2017 establecida por el Concejo Deliberante, declaró que está prohibida “la comercialización, tenencia, manipulación, uso, depósito, circulación y transporte de elementos de pirotecnia para seguridad y beneficio de la población” en el departamento de Malargüe por seguridad y para beneficio de la población en general, considerando el impacto negativo que se evidencia en el uso o tenencia de pirotecnia sobre el ambiente, los animales y las personas que manipulan este tipo de mercancía.
También se tiene en cuenta, los serios riesgos que representan debido al peligro de producir quemaduras, graves lesiones e incluso llegando a provocar la muerte de personas, mascotas, animales domésticos y silvestres, además de provocar ruidos molestos y potencialmente generar enormes gastos materiales, sí se produjeran incendios por su utilización.
En este sentido, desde la Dirección General de Rentas informaron que la ordenanza 1.951/2018, permite al municipio labrar las multas que correspondan por el incumplimientos de las piezas legales. Las infracciones serán sancionadas de la siguiente manera:
- Multa equivalente a 200lts. de nafta de mayor octanaje.
- Multa equivalente a 400lts. de nafta de mayor octanaje a quienes reincidan la infracción.
- Constatada la comisión de la infracción se procederá al secuestro y decomiso de la mercadería.
Para culminar y a modo de concientización Martín Vargas, director de Veterinaria y Zoonosis, hizo hincapié en la importancia del cumplimiento de esta prohibición, ya que genera graves problemas en lo que respecta a la salud de las mascotas y ocasiona desde decesos a extravíos de las mismas, ya que se asustan y huyen del lugar. Además recalcó que no solo afecta a las mascotas sino que puede afectar a personas sensibles o con diferentes síndromes, que sufren las inclemencias de estos estruendos.