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GOBIERNO

Revés de la Corte contra la cúpula de ATE tras una sentencia por «daño moral»

La Sala Primera de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó una sentencia de la justicia civil contra la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), el secretario general, Roberto Macho, y la secretaria adjunta y pareja de Macho, Adriana IranzoEn el fallo se los había condenado a pagar $ 275.000 a una delegada del gremio por «daño moral» y tratamiento psicológico.

La cúpula sindical había recurrido al máximo tribunal provincial para que revierta un fallo de la Cámara de Apelaciones que confirmaba la sentencia original. No obstante, los jueces Julio Gómez, Pedro Llorente Teresa Day rechazaron el recurso extraordinario y ratificaron la condena contra ATE, Macho e Iranzo.

La causa fue iniciada por Marcela Daniela Caro, quien interpuso una demanda por violencia de género contra la institución gremial y los dirigentes exigiendo ser resarcida económicamente en concepto de daño moral y gastos de tratamiento psicológico, además de haber sufrido violencia institucional del sindicato al haber sido revictimizada.

La denunciante era enfermera y se afilió a ATE en 2008, postulándose luego como delegada. Relató que en 2015 fue convocada por Macho para cubrir el cargo de vocal N° 14 del Consejo Directivo Provincial, en vísperas de la renovación de cargos donde él se postuló como Secretario General.

Según se señala en el fallo de la Corte, la mujer precisó que había sido destinada a la Secretaría Gremial pero se le comunicó que no tenían dónde ubicarla porque Iranzo, esposa de Macho, que integraba la misma secretaria, «le tenía celos«.

Comentó que a partir de ese momento comenzó a recibir maltrato y discriminación y que llegó a plantear la posibilidad de renunciar o pedir licencia, pero le fue denegada.

Caro acusó agresiones, insultos y amenazas verbales y por redes sociales por parte de Iranzo y describió una «situación en la cual la Sra. Iranzo la empuja haciéndola caer con su hija en brazos«.

En tanto, declaró que meses después de estos hechos Macho le comunicó la baja de la licencia gremial con la que ella contaba por ser delegada gremial.

En su momento, la entidad sindical negó y desconoció los hechos relatados e indicó que el otorgamiento de las licencias gremiales con goce de haberes es una facultad de reorganización del Secretario de la institución, dando de bajas otras licencias más y que los problemas relatados son problemas de índole laboral.

Por su parte, Macho e Iranzo negaron los hechos. El actual secretario general señaló que «la designación de la Sra. Caro fue dispuesta por la Sra. Blas, secretaria anterior a él y que la baja de la licencia con goce fue debido a incumplimientos estatutarios». Mientras que la secretaria adjunta negó los hechos personales que se le imputaron.

Sin embargo, el Segundo Tribunal de Gestión Judicial Asociada, hizo lugar a la demanda de Caro. Si bien entendió que no se encuadraba en una situación de violencia de género, reconoció que la denunciante había sufrido un daño y que tiene derecho a ser resarcida por los responsables de su causación. Es así que el juez condenó a pagar una suma de $ 260.000 en concepto de «daño moral» y admitió el rubro de gastos por la suma de $ 15.000, haciendo lugar a la acción por la suma de $ 275.000.

Luego de ese fallo, ATE, Macho e Iranzo apelaron ante la Quinta Cámara de Apelaciones de la Primera Circunscripción Judicial que rechazó los recursos intentados y confirmó la sentencia.

El siguiente paso de la cúpula gremial fue recurrir ante la Suprema Corte de Justicia afirmando que «la sentencia es arbitraria y viola el principio de congruencia, y añade que el fallo no respeta las reglas de la lógica ni los fallos actuales de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a lo que agrega que no valora prueba evidente».

El recurso fue analizado por los jueces de la Sala I del alto tribunal, quienes resolvieron por unanimidad el rechazo de la presentación. El ministro Julio Gómez entendió que «la sentencia recurrida se encuentra suficientemente fundada y es normativamente correcta, en relación con la existencia de responsabilidad por acción en el caso de la Sra. Iranzo y por omisión en el caso del Sr. Macho y por falta de crítica relación a la Asociación de Trabajadores del Estado, por lo que el Recurso Extraordinario Provincial en trato debe ser rechazado«. En tanto, sus colegas Llorente y Day adhirieron al voto del juez preopinante.

La reacción del gremio

Tras conocer el fallo de la Corte, ATE difundió un comunicado en el que repudiaba la decisión de los magistrados y anunciaba que apelarán ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Argumentan que en la sentencia «queda explícitamente descartada la existencia de violencia de género, sin embargo, atenta contra la verdad porque condena hechos que jamás sucedieron«. Afirman que hay una «mención maliciosa del compañero Roberto Macho» y sostienen que «este hecho que se le imputa a la compañera Adriana Iranzo es mentiroso, falaz y malicioso«.

«Es repugnante sacar provecho de la notable disputa que llevan adelante el colectivo de mujeres, a cambio de una suma monetaria para realizar un viaje al exterior, sacando ese dinero a los propios trabajadores», subraya el mensaje del gremio.

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