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POLÍTICA

Cortocircuitos entre la Corte de Justicia Provincial y el Gobernador Alfredo Cornejo

Los cortocircuitos entre la Corte de Justicia provincial y el gobernador Alfredo Cornejo son cada vez más evidentes. Esta vez esa tensión quedó plasmada en una Acordada del Máximo Tribunal que flexibiliza el ítem «asistencia perfecta», la herramienta con la que el Poder Ejecutivo intentaba premiar a los empleados judiciales que no faltaran ni un sólo día a trabajar.

Hay que recordar que la paritaria entre el Gobierno y el gremio de los judiciales fracasó, por lo que la administración de Cornejo otorgó por decreto un aumento del 25% (15% a partir de marzo y otro 10% desde agosto).

El artículo 2 del decreto 686 estableció el polémico punto de la «asistencia perfecta», equivalente al «ítem aula» de los docentes.

«Determínese la inclusión en el salario de los agentes comprendidos en el artículo anterior un adicional remunerativo y no bonificable, denominado «Asistencia perfecta», correspondiente al quince por ciento (15%) de lo que el agente perciba en concepto de presentismo y que será liquidado mensualmente a los agentes que cumplan con sus funciones todos los días hábiles del mes inmediato anterior. El pago del mismo será efectivo desde el mes de marzo del corriente año», asegura el decreto firmado por Cornejo y el ministro de Gobierno, Dalmiro Garay, el 16 de junio.

La norma era totalmente rígida: los empleados no podían faltar a su trabajo por ningún motivo si querían cobrar ese adicional.

El gremio de los Judiciales criticó ese artículo del decreto. «Rechazamos el llamado ítem asistencia perfecta que precariza a los salarios y pone en riesgo a los compañeros porque no pueden enfermarse ni estudiar», había asegurado Adriana Domínguez, titular del sindicato.

La Corte, a través de la acordada 24.496 firmada a comienzos de julio, le dio la razón al gremio y puso freno a las intenciones de Cornejo, determinando que «la aplicación irrestricta» del ítem»constituiría un flagrante desconocimiento de derechos fundamentales de la persona humana».

Los jueces del Tribunal entendieron que la «asistencia perfecta» que impulsó el Gobierno no contempla «situaciones particulares que se encuentran bajo el amparo de normas legales nacionales, internacionales de jerarquía constitucional por imperio del art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, así como provinciales».

Por eso establecieron varias excepciones al decreto. Ellas son:

– Licencia compensatoria por haber prestado servicio durante las ferias judiciales.

– Licencia especial por maternidad o paternidad incluidos los casos, nacimiento de hijos con capacidades diferentes, nacimientos múltiples y de adopción.

– Licencia por donación de sangre.

– Licencia por fallecimiento de padres, hijos cónyuges  o convivientes y hermanos.

– Accidente de trabajo o enfermedad ocupacional ocasionada en acto de servicio.

– Licencia especial prevista en los supuestos de violencia de género.

– Donación de órganos o materiales anatómicos.

«Esas personas no van a ser afectadas por el ítem», explicó Hugo Correas, director de Recursos Humanos del Poder Judicial, quien agregó que la acordada ya se puso en vigencia.

La decisión de la Corte finalmente establece que «aquellas licencias no comprendidas en la enumeración prevista precedentemente, ocasionarán la pérdida del ítem previsto en el art. 2° del Decreto 686».

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